La República Dominicana (RD) no es solo un destino paradisíaco, sino un hub de inversión estratégica que ofrece atractivas ventajas fiscales para las empresas españolas que buscan expandir su presencia internacional. Gracias a un marco legal que fomenta la Inversión Extranjera Directa (IED) y acuerdos bilaterales clave, tu expansión puede traducirse en una optimización tributaria significativa.
En CGR Lawyer España, ayudamos a tu empresa a navegar este marco para asegurar que aproveches al máximo los beneficios fiscales disponibles.
1. El Acuerdo de Doble Imposición (CDI): Evitando la Doble Carga
La piedra angular de la inversión española en la RD es el Convenio para Evitar la Doble Imposición entre el Reino de España y la República Dominicana. Este acuerdo es fundamental, ya que garantiza que los beneficios obtenidos por tu filial dominicana no sean gravados completamente tanto por el fisco dominicano como por la Hacienda española.
- Mecanismo de Exención y Deducción: El CDI establece métodos claros para evitar la doble tributación. Por lo general, España aplica el método de exención o el de deducción para los beneficios y rentas empresariales obtenidos en la RD. Esto significa que los impuestos pagados en la RD por la filial pueden ser acreditados o deducidos en España, o que la renta esté directamente exenta en el país de origen.
- Tratamiento de Dividendos e Intereses: El CDI también fija tasas reducidas de retención para dividendos, intereses y regalías pagados entre la filial dominicana y la matriz española, haciendo más eficiente la repatriación de beneficios.
2. Incentivos por Sector: El Potencial de las Zonas Francas y CONFOTUR
La RD ofrece regímenes especiales que son altamente beneficiosos, dependiendo del sector de actividad de tu empresa:
- Zonas Francas (ZF): Este régimen es ideal para empresas manufactureras, de servicios (ej. call centers, software development) y logísticas. Las empresas que operan bajo este marco disfrutan de:
- Exención del Impuesto Sobre la Renta (ISR): Exención total de impuestos sobre las ganancias.
- Exención de impuestos de importación: Cero arancel sobre materias primas, equipos y materiales de construcción.
- Exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS, equivalente al IVA).
- Ley CONFOTUR (Ley 158-01): Específicamente diseñada para la inversión turística y el desarrollo inmobiliario. Otorga exenciones fiscales totales o parciales por hasta 15 años, incluyendo:
- Exención del Impuesto sobre la Propiedad Inmobiliaria (IPI).
- Exención de impuestos y derechos por la constitución de la sociedad y el aumento de capital.
3. Facilidades de Inversión: Repatriación y Trato Nacional
La legislación dominicana ofrece un trato no discriminatorio a la inversión extranjera, equiparándola a la inversión nacional, además de facilidades operativas cruciales:
- Libre Repatriación de Capital y Beneficios: La Ley de Inversión Extranjera (Ley No. 16-95) garantiza que las empresas españolas pueden repatriar libremente su capital invertido y los beneficios netos obtenidos, sin necesidad de permisos previos o impuestos adicionales por remesas (más allá de las retenciones estipuladas en el CDI).
- Impuesto sobre la Renta (ISR) Competitivo: El tipo general del ISR corporativo en la RD es del 27%, lo cual es competitivo y, en combinación con el CDI, permite una planificación fiscal internacional efectiva para la matriz española.
La clave para que tu empresa española maximice estos beneficios reside en la planificación fiscal internacional adecuada, asegurando que la estructura corporativa en la RD se ajuste a las leyes locales e internacionales, y que se implementen correctamente los mecanismos del CDI. En CGR Lawyer España, diseñamos esta hoja de ruta legal y fiscal para que tu inversión en el Caribe sea un éxito rotundo.
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